Este acotamiento de 32 hectáreas es un
único que se ha producido en Lena en
estos 5 años, por lo que resulta aún más sorprendente la oposición
municipal a este mínimo acotamiento
cuando todo el mundo reconoce la gravedad de los incendios forestales y su
afección gravísima al entorno natural asturiano y que es un problema que
venimos padeciendo en otoño y primavera,
agravado este año por motivo de la seca que venimos padeciendo.
Los incendios forestales son la mayor
agresión medio ambiental que sufre el medio natural asturiano. En el año 2011
se produjeron 1.669 incendios que calcinaron 11.997 hectáreas ,
en el 2010 fueron 1.862 incendios con 7.995 hectáreas ; en
el 2009 fueron 2.076 incendios y 10.393 hectáreas
quemadas; en el 2008 fueron 1.741 incendios y 6.685 hectáreas ; en
el 2006 fueron 1.941 incendios y 9.543 hectáreas . En
resumen, la tónica habitual de las últimas décadas viene siendo una media que
se aproxima a los 2.000 incendios/año y las 10.000 hectáreas
quemadas, con altibajos en función de las condiciones meteorológicas del año de
turno, pero siempre igual. Somos la segunda Comunidad Autónoma con más
incendios en relación a la superficie forestal, únicamente nos supera Galicia.
Oponerse a las medidas de acotamiento
al pastoreo propuestas por el Principado de Asturias es un acto de
irresponsabilidad de los Ayuntamientos que persigue petrificar toda esperanza
de regeneración de los montes, pues no se ha de olvidar que las
consecuencias de estos desastres provocados por el ánimo de lucro de los
ganaderos son en algunos casos irreparables como no se tomen las medidas de
acotamiento, y dichas consecuencias vienen a hipotecar el futuro que supone la
alternativa forestal de la región para las generaciones venideras y de nuestra
biodiversidad.
Hay que
recordar que el actual Gobierno de España prevé la reforma
del Código Penal contempla un endurecimiento de las penas para los autores de
incendios forestales que se consideren especialmente graves. La pena prevista
actualmente para estos delitos es de tres a cinco años de cárcel y, con la
reforma, la pena se elevará hasta los seis. Además, cuando los incendios
afecten a espacios naturales protegidos se castigarán del mismo modo que los
delitos contra el medioambiente, lo que significa que sus autores podrán ser
castigados con la pena superior en grado, que en este caso supone nueve años de
prisión.
No debemos olvidar que según datos de la Fiscalía de Medio
Ambiente y de las BRIPAS (Brigadas de Investigación de Incendios forestales) el
83% de los incendios en Asturias tienen un origen en la consecución de pastos
para el ganado. Una medida eficaz y legalmente obligada para que no quemen de
nuevo estos montes, es prohibir su uso.
La
piedra angular en la lucha contra los incendios está en la prevención, y dentro
de ésta en actuar sobre las causas que los provocan. En ese sentido, el
legislador a nivel nacional ya lo tuvo muy claro a la hora de elaborar la Ley
de Montes, que en su artículo 44 dice: Los
programas específicos de prevención de incendios se organizarán basados en las
investigaciones sobre su causalidad y, en particular, sobre las motivaciones
que puedan ocasionar intencionalidad en su origen.
Por
ello hemos solicitado a este Ayuntamiento que nos informen de las razones técnicas que
avalan estas alegaciones, y esperamos del resto de Ayuntamientos asturianos que
suelen alegar contra estos acotamientos, otra disposición más cercana a la
cordura que la manifestada por los de Cangas de Onís, Onís y Piloña, porque los
incendios forestales son un lacra que precisa de medidas decididas para
evitarlos, afecta negativamente a todos ciudadanos asturianos, y la denuncia de
la ciudadanía la estamos viendo con relación a los incendios que se están
produciendo en toda España, en su mayoría intencionados como los aquí referidos,
y muchos de ellos por motivos económicos.
Coordinadora
Ecoloxista d’Asturies
Para más información: 608477803 (José Manuel) y 629892624 (Fruti)
No hay comentarios:
Publicar un comentario