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jueves, 15 de noviembre de 2012

No a la ampliación de la cantera de Fontanon



La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies ha presentado alegaciones contra el proyecto de ampliar el arenero  del Fontanon, ubicado en la proximidad del núcleo del Gallinal   en la  parroquia de Serin, en el concejo de Gijón.
Hemos reclamado al Principado que no se ajusta a la legalidad ni es de recibo, ampliar en 55.625 m2 una explotación a cielo abierto que no cumple con la actual normativa ambiental, de acuerdo a la Declaración de Impacto Ambiental publicada en el BOPA del pasado  11-1-2007, en la zona actual ocupada de la explotación con una  superficie máxima afectada de 62.114 m2.

- No se  cumple el punto 1.2. que señala: ” La ampliación del perímetro de afección en el flanco este estará subordinada al mantenimiento del camino o a la construcción de un nuevo acceso que garantice el acceso a las parcelas no vinculadas a la actividad extractiva.” Se ha cortado el camino de acceso a otras parcelas lo que impide a los vecinos su acceso.
- No se cumple el punto1.3. que dice:  “Se establecerá una zona de protección entre el perímetro afectado por las labores de la industria extractiva y los suelos que siguen manteniendo usos agrícolas y ganaderos, de manera que se garantice el establecimiento de un espacio de transición entre los distintos usos”. No hemos visto esta zona de transición,  se ha llegado con la explotación a 3 metros de las fincas colindantes, con el riesgo que supone.
- No se cumple el punto 2.2. que dice: ” La altura máxima final de los bancos será de 10 metros de altura, como máximo, con bermas de 3 metros, como mínimo, a los efectos de facilitar su apantallamiento e integración paisajística. En todo caso la configuración final del hueco resultante de la ampliación se integrará en la existente. La altura del banco superior quedará limitada a 5 metros.” Los bancos tienen 25 metros en su casi totalidad.
- No se cumple el punto 2.3. que dice: ” En la conformación de los bancos finales se tendera a evitar efectos lineales, estableciendo, en lo posible subbancos o zonas de ruptura. No hemos visto estos subbancos, siendo dominantes los efectos lineales con evidentes riesgos de roturas.
- No se cumple el punto 2.5. que dice:  “Para garantizar la seguridad, se cercará y señalizará perimetralmente la corta.”  No hemos visto la totalidad de la explotación cercada.
- No se cumple el punto 4.1. que dice”: En materia de aguas, en orden a la protección del arroyo Vilorteo, se establecerá un programa de control y seguimiento del sistema hidrológico de la zona, en especial del sistema de aguas superficiales. las aguas de escorrentía recogidas en el interior de la explotación se tratarán con carácter previo a su incorporación a los sistemas superficiales” Es evidente el incumplimiento de este punto, en vista de la elevada contaminación del arroyo que está lleno de lodos procedentes de la explotación.
- No se cumple el punto 4.2. que dice:  “El área de explotación se rodeará, en aquellos lugares en que la orografía y el sentido de la pendiente así lo exija, con un canal o cuneta perimetral con capacidad suficiente para recoger las aguas pluviales y de escorrentía y evitar su entrada dentro del área en explotación.”  No hemos visto estas cunetas y canales.
- No se cumple el punto 5.1. que dice: “ Todos los puntos susceptibles de producir emisiones de contaminantes a la atmósfera, dispondrán de los correspondientes sistemas de protección, captación o abatimiento de polvo”. Solo hemos visto las cintas capotadas.
- No se cumple el punto 5.2. que dice: “ Las zonas de tránsito de vehículos se acondicionarán a fin de evitar las emisiones difusas de polvo, se dotarán de firmes adecuados y se establecerán sistemas de riego. No hay lavador de ruedas alguno; en toda la carretera de acceso se aprecian un reguero de materiales en el centro de la calzada y las orillas, lo que determina el incumplimiento total de estas condiciones.
- No se cumple el punto 5.4. que dice: ” Los almacenamientos de áridos se protegerán de la acción del viento”. No se han visto parámetros laterales que protejan de la acción del viento a pesar de que los materiales son arenas.
- No se cumple el punto 6.1. que dice: ” Como medida preventiva, y antes del inicio de la actividad, se evitará la libre circulación de los animales entre la zona de explotación y las parcelas colindantes, colocando un cierre perimetral de malla cinegética sobre soportes de madera con una altura no inferior a 1’50 m.” No hemos visto esta malla.

- No se cumple el punto 9.1. que dice: ” Para reducir el impacto paisajístico de la actuación se condiciona el método de explotación de la industria extractiva, el cual se realizará por banqueo descendente a los efectos de posibilitar la restauración y apantallamiento de los bancos una vez agotados.” Solo  vemos el banqueo descendente  en una pequeña zona.
Por todo ello, en vista de las numerosas irregularidades hemos solicitado que no se amplié la actividad hasta cumplir las medidas correctoras impuestas en el 2007 y que 5 años después sigue incumpliendolas.
Resulta sorprendente que el Principado, que permite a la canteras incumplir gran parte de las condiciones ambientales en funcionamiento, les autoriza a ampliarlas sin seguir cumpliendo la normativa vigente.

 Coordinadora Ecoloxista d’Asturies

Para más información tfno. 629892624 (Fruti) 




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